LA IMPORTANCIA DE LOS RECONOCIMIENTOS MÉDICOS DEPORTIVOS

Si bien en España, en la actualidad, no existe legislación, ni previsión alguna, que aborde los reconocimientos previos a la actividad deportiva no federada, como puede ser, el deporte local, municipal o escolar, no ocurre así con el deporte federado.

En junio de 2013 entró en vigor la Ley Orgánica 3/2013, de Protección de la Salud del Deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva, en la que se recoge que será la  Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte quien determinará progresivamente la obligación de efectuar reconocimientos médicos con carácter previo a la expedición de la correspondiente licencia federativa, para una mejor prevención de los riesgos para la salud de los practicantes.

A pesar de no estar legislado, el Consejo Superior de Deportes (CSD) aconseja el reconocimiento cardiovascular predeportivo, de patología cardiaca de riesgo para la práctica deportiva.

La incidencia de la muerte súbita cardiaca (MSC)  en mayores de 35 años oscila entre 0,3-3,6/100.000 personas/año con un claro predominio en varones aumentando la incidencia conforme aumenta la edad.

La incidencia de MSC relacionada con el ejercicio físico en deportistas jóvenes oscila entre 5-10casos/1.000.000/año.

Las principales causas de MSC en deportistas jóvenes (menor de 35 años) son miocardiopatía hipertrófica, displasia arritmogénica del ventrículo derecho y anomalías coronarias congénitas. Muchas de ellas presentan signos patognomónicos en el ECG.

Existe consenso general en la necesidad de realizar un cribado deportivo pero hay controversia en la realización o no de un ECG de forma sistemática y en el personal encargado de realizar el reconocimiento en los distintos países.

En Europa se aboga porque el responsable sea personal médico con formación específica en medicina deportiva y se recomienda la realización rutinaria del ECG

Medicina del Deporte Centro Médico Madrid2

C.C. La Vaguada

 

 

Artículo basado en las recomendaciones de la  Sociedad Española de Cardiología Pediátrica y Cardiopatías Congénitas  (SECPCC) y  por la Subdirección General de Deportes y Salud del Consejo Superior de Deportes (CSD)

MSC (muerte súbita cardiaca: se define muerte súbita cardiaca como la muerte natural que ocurre de manera inesperada por una causa cardiaca (conocida o no) durante la hora siguiente al inicio de los síntomas.